Áreas de Práctica

Mala Praxis Médica
Cirugías Estéticas y/o Tratamientos de Embellecimiento

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Generalmente la situación de mala praxis es percibida por el propio paciente o familiar cuando se siente victima de un daño inesperado o imprevisto.

En la mayoría de los casos, lo inesperado deriva de la falta de información previa.
También ocurre que ante el pedido de atención urgente o no,  esa atención médica no es prestada en la forma adecuada a la situación, lo que desencadena daños a veces, terribles.
Ante el hecho dañoso el paciente y familiares no encuentran quien les de explicaciones, quien se haga cargo de lo sucedido, como así tampoco soluciones o reparaciones necesarias.
Es común el ocultamiento de información y documentación necesaria para demandar reparaciones.

Si ud se siente identificado con alguna de estas situaciones no dude en consultarnos, sin compromiso y sin  cargo.
Lo asesoraremos a fin de satisfacer su necesidad de justicia y de reparación del daño sufrido. Mala Praxis en cirugías - Oftalmología - Materno Infantil - Estética - Obras Sociales - Homeopatía - Error en el diagnóstico y/o tratamiento médico empleado.


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La operación de cirugía estética trata con pacientes sanos, donde su único objetivo es obtener una mayor armonía facial y corporal.

Se tratan de cirugías y/o tratamientos previamente programadas, las mismas derivan de una relación medico paciente debidamente entablada en un ámbito
de plena confianza respecto del paciente o persona interesada con el medico y/o clínica especializada. La cirugía estética se traduce en una mayor seguridad y sensación de bienestar en el paciente, tanto profesional como afectivo o social,
mejorando así la calidad de vida mediante la cirugía plástica estética por cirujanos.
Pero cuando la cirugía estética o embellecedoras y/o un tratamiento de belleza provoca un daño a la salud o el resultado es distinto al acordado,
se esta ante un caso de mal praxis medica. Por ello, Si Ud. ha sufrido un daño siendo ciudadano nativo o extranjero, no dude en consultarnos.

Accidentes de Tránsito
Defensa del Consumidor

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Los accidentes de tránsito constituyen la primera causa de muerte en Argentina y la novena a escala mundial. Según la asociación civil Luchemos por la Vida, diariamente fallecen 19 personas en este tipo de hechos en las rutas y caminos nacionales. Con esa cifra, el país ostenta uno de los índices más altos de mortalidad por esta causa. También dejan una alto índice de personas lesionadas y con discapacidades permanentes.

Las cifras utilizadas son las últimas disponibles (oficiales, de origen policial o municipal, la mayoría), actualizadas.
En la Argentina la principal causa de muerte por accidente de transito es el factor Humano (90%) seguidos por factores climáticos e infractuctura (5%) y desperfectos del vehiculo (5%).
Ud.   Debe  tener presente que ante un hecho como este,  dispone de dos años desde la producción del mismo para  iniciar una acción judicial.

De manera que no tiene que elegir con apresuramiento sus abogados ni aceptar indemnizaciones que no lo satisfagan.
Debe  decidir  racionalmente la elección de un especialista en el tema, siempre en un ámbito de  confianza y transparencia.
Estamos  su servicio.

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La Ley de defensa del Consumidor es una norma que protege a los usuarios de bienes y servicios por los daños que éstos sufren en la relación de consumo.

Es común que en estas relaciones surjan responsabilidades que se generan por los abusos denunciados en la prestación del servicio o por productos defectuosos.

Por ello ud. puede defender sus derechos como consumidor y usuario de bienes o servicios.
- Ud. tiene derecho a ser informado en forma cierta, clara y detallada acerca de las características de las cosas o servicios que obtenga.

Por ello toda persona al adquirir un producto goza de una garantía legal (de 6 meses) que cubre cualquier defecto que impida que el producto funcione normalmente.

- Si ud. tuvo algún problema relacionado con un producto -defectuoso- adquirido en un local comercial o con la prestación de algún servicio…Nosotros gestionamos su reclamo ante los organismos pertinentes en defensa de sus derechos.
Electrocución
Derecho Laboral

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Un accidente de electrocución puede producirse por descargas eléctricas ocurridas durante la actividad laboral o transitando la vía publica.

La empresa que ejerce el monopolio de la distribución de la energía eléctrica en nuestra provincia, es la responsable por estas situaciones y quien debe indemnizar por el daño causado, se trate de  incapacidades o muerte.

La responsabilidad que pesa sobre esta empresa es objetiva, lo que quiere decir que la victima no debe probar la culpa.

Si ud. o algún familiar  fue víctima de  un accidente  de electrocución  no dude en consultarnos, sin compromiso y sin  cargo.
Dentro de este ámbito nos especializamos en reclamos derivados de accidentes laborales, esto es  aquellos sufridos por el trabajador en el ámbito del trabajo.
Debe saber  ud  que si ha padecido un accidente o enfermedad  laboral le asiste  el  derecho a ser resarcido integralmente por los daños sufridos en el trabajo o camino al mismo.
Este derecho, amparado constitucionalmente, fue por mucho tiempo  desconocido ya que  por aplicación de la ley 24557 de Riesgos del Trabajo  no se reconocía al trabajador  la posibilidad de reclamar en virtud de las normas del código civil  una reparación integral del daño sufrido sino que  solamente era resarcido atendiendo a la incapacidad laboral que fijaba una junta medica y abonaba la ART.
A partir del fallo “Aquino, Isacio C. Cargo Servicios Industriales S. A.” del 21/09/2004, en el cual la Corte Suprema de Justicia de la Nacion decretó la inconstitucionalidad en abstracto del artículo 39 de la ley de Riesgos del Trabajo,  resurgió la posibilidad de  reclamar una indemnización integral  y se eliminaron los topes indemnizatorios fijados en aquella ley.
Por ello, si UD ha atravesado por una situación similar consúltennos, pues aun habiendo percibido prestaciones y /o  pagos de la  Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), puede reclamar los daños padecidos a su empleador.
También  nos encargamos de indemnizaciones por despidos, diferencia de haberes y todo otro conflicto  originado de una relación laboral.
Acción Civil en sede Penal
Cobranzas Extrajudiciales
La acción civil en el proceso penal tiene como finalidad el resarcimiento del daño en sede penal.
Aquel delito que es sancionable penalmente por lesionar los bienes jurídicos que causa un daño a la víctima o a terceros, el cual debe ser resarcido o indemnizado por el imputado y/o civilmente responsable.
La acción civil es accesoria en el enjuiciamiento criminal, porque es circunstancial, y su existencia depende, como norma, de la vigencia del proceso penal y de estar debidamente interpuesto el reclamo indemnizatorio.
Sin embargo, existen casos en que, por excepción, aunque el procedimiento penal no pueda proseguirse, el tribunal debe pronunciarse sobre la cuestión civil.
Si ud. es víctima de un delito, damnificado directo, heredero de estos y/o demandado civil, en nosotros encontrará la asistencia jurídica especializada en daños.

Brindamos el servicio de asesoramiento extrajudicial y/o cobranzas de deudas, aplicado a las distintas áreas de cobranzas, asistido por personal calificado para dicha función.

El servicio que brindamos tiene como finalidad evitar que un cliente en mora se transforme en un deudor moroso. Nuestro objetivo es evitar la litigiosidad judicial con la demora y gastos que ello implica.

Nuestra gestión implica una estrategia para cada caso a fin de lograr una negociación exitosa.
Siempre brindamos permanentemente reportes de las gestiones.

Honorarios de Peritos
Derecho de Empresas

En el proceso judicial intervienen necesariamente como auxiliares de la justicia -peritos- los que al llegar la sentencia, generalmente mucho tiempo después de haber prestado sus servicios, presentado dictamen, etc., se les regulan sus honorarios por la intervención en la causa, la que a menudo no
perciben inmediatamente.

Ello genera la necesidad de reclamar y/o ejecutar dichos honorarios que tienen carácter alimentario, por lo que tienen preferencia judicial para su cobro.

En caso de necesitar agilizar el cobro de sus honorarios nos encontramos a su disposición.

  • Derecho de Sociedades: Relación de los socios entre si y con la sociedad, formulación de contratos, inscripción, etc.
  • Registro público de comercio: Inscripción de actos registrables, transferencia de fondos de comercio, inscripción de Sociedades Comerciales.
  • Relaciones Laborales: Todas las relaciones de la empresa con los empleados: despidos, accidentes de trabajo, liquidaciones, gestiones ante la Secretaría de Trabajo.
  • Contratos de Empresa. Contrato de Agencia. Contrato de Distribución. Contrato de Concesión. Contratos de Franquicia. Contrato de transporte de personas y carga.
  • Negociación.  
  • Situaciones de Crisis e Insolvencia.
  • Concursos. Quiebras.
  • Conflictos Tributarios.
  • Seguros.
  • Recuperación de créditos en mora. (cobranzas)
  • CONSULTAS TELEFONICAS Y VIA MAIL.
Otros
  • Accidentes en la vía pública.
  • Responsabilidad del Estado.
  • Seguros.
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