En este caso los padres y hermanos reclaman por la muerte de hijo y hermano de 7 años que
fallece a causa de un accidente de electroconducción. La muerte se produjo por una descarga del
transformador, sin que el niño haga contacto con el mismo, sin intervención del niño, ya que el
"seccionador" esta a 8-10 mts de altura.-
El Juzgado de 1ºInstancia, dicto sentencia haciendo lugar a la Demanda instaurada por los
actores, Atribuyendo responsabilidad directa a la empresa demandada SECHEEP, y en
consecuencia al Estado de la Provincia del Chaco, en tanto titular del servicio público de energía
eléctrica. En el marco de un régimen de responsabilidad objetiva, previsto en el ordenamiento
legal vigente para quienes desarrollan actividades riesgosas. Señalando que del análisis de las
pruebas incorporadas surge que el hecho dañoso fue consecuencia directa de una instalación
deficiente, peligrosa y sin resguardo, ubicada en un espacio público transitado, lo que hace
plenamente aplicable la obligación de reparar el daño causado conforme a los principios de la
responsabilidad civil.-
